Raimundo Viejo Viñas

Profesor, autor, traductor, editor, ciudadano activo y mucho más.

Mar

03

Nota 5, La Constitución del 78 y sus límites


Foto: Massimiliano Minocri

Los procesos de liberalización del Franquismo, así como su quiebra y transición a la democracia culminaron en la instauración del régimen democrático que queda diseñado en la Constitución del 78. Tras las primeras elecciones libres, un grupo de siete hombres, representativos del pluralismo arrojado por el resultado electoral (3 UCD, 1 PSOE, 1 PCE, 1 AP y 1 nacionalismos) redactó el anteproyecto que finalmente fue enviado a la Comisión Constitucional. El proceso de enmienda de ese texto condujo al proyecto que fue votado primero en el Congreso, con una amplia mayoría de 325 votos a favor, y finalmente sometido al referendum del 6 de diciembre de 1978.

Empezaba así la instauración de un régimen democrático que era puesto en funcionamiento con un texto constitucional que no cerraba del todo su diseño institucional, dejando a la vida parlamentaria de los partidos su desarrollo posterior. Como es conocido el consenso de mínimos fue en este sentido suficiente para que, a la par, diesen comienzo también los procesos de consolidación democrática e institucionalización. La democracia echaba a andar y el autoritarismo quedaba atrás, pero en ese proceso quedarían pendientes no pocas cuestiones algunas de las cuales serían resueltas en los años siguientes y otras han permanecido abiertas y planteando de forma recurrente debates políticos de alcance constitucional.

Por lo que hace a los debates que acabaron quedando zanjados se encuentra, por ejemplo, la cuestión del ejército, tan característica de las dictaduras militares como el Franquismo. A lo largo de la década de los ochenta, desde el golpe de Estado fallido del 23F hasta la integración en la OTAN, el problema militar acabaría siendo resuelto gracias a un tratamiento punitivo generoso con los golpistas y a la integración militar supranacional del régimen. De igual modo, la cuestión de la agencia política del régimen quedó zanjada. Aunque ya en su día la Platajunta había avanzado el protagonismo de los partidos, la Constitución de 1978 consagró la centralidad de los partidos políticos de acuerdo a lo que se ha calificado en ocasiones como un «Estado de partidos» (Parteienstaat). Por la naturaleza escasamente decisora y esporádica del referendum político y otros mecanismos de participación directa, la declinación constitucional de 1978 arroja un tipo de régimen democrático con cierta tendencia hacia la partitocrática.

La democracia más allá del régimen del 78

Tras haber cumplido cuarenta años la Constitución española atraviesa diversas crisis derivadas de los asuntos pendientes de resolver. El impulso contituyente alcanzó en 1978 a reconfigurar el Franquismo en los términos de un Estado nacional, de derecho, democrático y social. Cuatro pilares sobre los que se constituyó el régimen del 78, pero que dejaron abiertos para su despliegue posterior diversos vectores del poder constituyente.

Hoy en día, cuatro décadas más tarde, algunas cuestiones han vuelto a aflorar con fuerta en el debate político. Desde el 15M una nueva generación, carente de la memoria directa del franquismo, ha exigido una democratización del régimen: los slogans «no nos representan» o «democracia real ya» apuntan en este sentido a un desbordamiento que cuestionaba el diseño institucional y propugnaba cambios importantes. Sin ánimo de ser exhaustivos podemos destacar las siguientes:

  1. Memoria histórica: el problema de la justicia transicional pesa sobre la legitimidad del régimen del 78, que décadas más tarde sigue sin haber sabido emprender una política de memoria a la altura de las exigencias democráticas. Recientemente, el debate sobre el Valle de los Caídos, el delito de apología del franquismo, la exhumación de fosas comunes, el caso de Billy el Niño o de la Matanza de Atocha y un largo etcétera, han puesto en evidencia el peso que sobre el régimen del 78 tiene el «pasado que no quiere pasar».
  2. Cuestión territorial: desde la crisis del Estatut en 2010, el modelo de Estado autonómico ha sido puesto en cuestión en un doble sentido: a un lado, el catalanismo se ha acabado por declinar en clave independentista, originando el Procés. Como respuesta al incremento del independentismo se ha producido una reacción recentralizadora y resimetrizadora que ha visto nacer y crecer nuevas formaciones de partido (Cs, Vox, etc.).
  3. Calidad democrática: desde el 15M la crítica a la alternancia bipartidista, al carácter no vinculante de los referendums, a las limitaciones de las iniciativas populares, a la imposibilidad de reconocer el ejercicio del derecho a decidir, a la escasez de mencanismos de rendimiento de cuentas, a la etc., han puesto de relieve una demanda democratizadora desatendida.
  4. La separación de poderes y el poder judicial también han sido objeto de polémica a raíz del nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal General del Estado o de las distintas polémicas surgidas a lo largo del juicio al Procés.
  5. La relación preferente del Estado con la Iglesia católica también ha sido objeto de tensiones aplazadas. El cambio en la composición religiosa de la sociedad española desde el Franquismo, cuestiones como las inmatriculaciones, etc., también ponen en cuestión uno de los rasgos definitorios del régimen del 78 y el equilibrio en el que fue fundado.
  6. La forma de la jefatura del Estado: el debate sobre la monarquía o la república también ha sido retomado por sectores de la izquierda, viniéndose a entrecruzar con el republicanismo independentista. Tras la abdicación de Juan Carlos I, la monarquía se ha visto puesta en entredicho por su papel en momentos críticos como el 1 de Octubre.
  7. Derechos civiles: aunque la Constitución se ha actualizado de forma importante en este sentido (divorcio, aborto, matrimonio de parejas del mismo sexo, etc.) siguen pendientes toda una serie de cuestiones polémicas (eutanasia, legalización del cannabis, etc.) que enfrentan hoy una oposción ideológicamente mucho más dura (Vox y sectores del PP).