Feb
27
Nota 4, cambio de régimen
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Conocemos como Transición española al proceso histórico que condujo del Franquismo al régimen constitucional de 1978. La Transición española, por tanto, fue un cambio de régimen que condujo de un régimen autoritario a otro democrático, esto es, una de las múltiples posibilidades de cambio de régimen que se conocen. Otras serían aquellas que se producen dentro de la familia de las autocracias, entre democracias o de democracias a autocracias.
Si las posibilidades de cámbio de régimen (el qué), atendiendo a sus puntos de partida y llegada, son múltiples; las modalidades por medio las cuales llega a tener lugar (el cómo) también son variadas. Así, entre otras, hay modalidades que resultan del colapso del régimen de partida, de un golpe de Estado, de la derrota militar de un país, de una sublevación revolucionaria o de la negociación entre las élites en el poder y sus oponentes. Este último es el caso de la Transición española, fruto –de acuerdo al célebre diagnóstico de Manuel Vázquez Montalbán– de una correlación de debilidades; entre las elites franquistas que ya no resistían en el poder, pero se negaban a dejarlo y la oposición antifranquista que no acababa de lograr imponer un cambio.
Los procesos del cambio de régimen
Las transiciones entre dos regímenes son acontecimientos políticos de grandes dimensiones que implican múltiples procesos. No siempre todos estos procesos están presentes, ni lo están de igual manera. Sucede así, por ejemplo, que el colapso de un régimen político o su derrota militar pueden tener lugar sin que se haya producido en su seno apertura o liberalización alguna. Y también puede suceder que no se lleguen a consolidar o institucionalizar, dando paso a una nueva quiebra del régimen instaurado. A los efectos del análisis político señalaremos cinco procesos implicados en los procesos de transición política (todos ellos presentes en la Transición española) que es conveniente conocer:
Liberalización
Los regímenes políticos no son realidades monolíticas e inmutables. Incluso los más jerarquizados y verticalistas albergan grandes disputas en su seno (piénsese, por ejemplo, en la Noche de los Cristales Rotos en el III REich o en las purgas dentro de la URSS). La liberalización, con todo, es una forma de apertura hacia el exterior del régimen, de invitación a su propia redefinición desde el cuestionamiento de las relaciones que hasta un momento dado se mantienen con el conjunto de actores políticos del sistema (lo que también incluye la toma en consideración de la oposición ilegal o clandestina en un régimen).
En las transiciones desde un gobierno autoritario, la liberalización viene caracterizada por un garantismo limitado que asegura un cierto Estado de derecho en el que gana autonomía la sociedad civil respecto al Estado. En los procesos de liberalización aumenta la esfera de la disputa por los derechos y libertades, si bien estos no acaban de estar garantizados. Este incremento de la esfera civil es fundamental para que cobre cuerpo una oposición democrática potente y articulada.
Así sucedió en España durante la etapa tardofranquista, si bien de manera menos amable y ufana a como pinta el relato oficial. No es de olvidar que el dictador estuvo firmando penas de muerte hasta sus últimos días, que incluso muerto se produjeron violaciones de derechos tan brutales como los sucesos de Vitoria de 1976. Los abusos y torturas policiales fueron siempre una constante y la censura de películas, el secuestro de publicaciones y muchas otras limitaciones a la libertad de expresión, por más que se hubiese «liberalizado» el régimen franquista, seguían siendo los propios de un régimen autoritario. Con todo, resulta fácil identificar en la España tardofranquista (de 1969 en adelante) unos niveles de tolerancia y apertura ausentes por completo con anterioridad.
Quiebra del régimen (Regime Breakdown)
La quiebra de un régimen político se produce cuando se traspasa el umbral en el que ya no es posible restituir un orden. Por más que las elites del régimen saliente lo intenten, ya no son capaces de asegurarse el cumplimiento de sus decisiones. La crisis de legitimidad alcanza su máxima expresión y la fuerza de ley se diluye hasta el punto en que cualquier asunto puntual puede impedir el funcionamiento del conjunto del régimen político. En sus casos más extremos las quiebras de los regímenes pueden comportar colapsos sistémicos. Aunque en casos como la Transición española demuestran que un régimen puede quebrar sin por ello colapsar en su totalidad. No impide ello, claro está, que no aumenten las crisis de gestión del orden o la afectación de aspectos parciales sobre el funcinamiento conjunto.
Cambio de régimen
El cambio de régimen propiamente dicho es la sustitución de un régimen A, que cesa de estar en vigor tras su quiebra, por otro régimen B, que pasa a ser instaurado. A lo largo de este procesose hacen su entrada en la escena política tres rasgos característicos del poder constituyente: incertidumbre, fluidez y contingencia. Cuando un régimen quiebra se sabe que nada volverá a ser como antes, incluso aunque no se sepa todavía como serán en el futuro (incertidumbre). Los acontecimientos se suceden unos a otros, mutando las estructuras políticas hasta entonces en vigor y facilitando procesos de toma de decisión en los que incidir sobre la alteración del orden es cada vez menos costos (fluidez). En este tiempo proceloso, ningún escenario parece todavía seguro y cada día todo puede volver a cambiar de nuevo, como si el mañana fuese cada día más indeterminado (contingencia).
El cambio de régimen se produce cuando ha sido atravesado el umbral de la quiebra del régimen y se va más allá de la liberalización del mismo. No significa, sin embargo, que esta última no siga avanzando (especialmente si se trata de una democratización) como tampoco que no siga profundizándose la quiebra del régimen. Para que se disipe esta lógica de de cambio permanente y se estabilice el sistema político son precisos todavía otros tres procesos que veremos seguidamente.
Instauración
El contexto constituyente que conduce a un cambio de régimen no se puede sostener de manera indefinida. En un momento u otro, se ha de estabilizar la situación lográndose un nuevo orden político. Para ello es preciso que se fijen los principios, reglas y procedimientos del régimen por venir. La instauración comporta atravesar un umbral de sentido inverso a la quiebra del régimen. Un nuevo orden es establecido, no necesariamente con éxito, pero en cualquier caso siempre asegurando un nuevo marco que aumenta la capacidad de determinar de forma creciente los márgenes de acción de todos los actores implicados en el funcionamiento del régimen.
En sus formas más acabadas, como es el caso de la Transición española, la instauración puede comportar la aprobación de un nuevo marco constitucional en el que se recoge de forma más o menos pormenorizada el diseño institucional del régimen que entra en vigor con la propia instauración. En definitiva esta no es más que eso: hacer entrar en vigor un nuevo régimen.
Consolidación
Pero una cosa es predicar y otra dar trigo. Que se a aprobada una constitución, incluso con un apoyo masivo, no significa que el régimen recién instaurado las tenga todas consigo. Para asegurarse su funcionamiento en el tiempo es preciso que se consolide. En otras palabras, deben desaparecer las amenazas procedentes de actores políticos lo suficientemente relevantes como para poder impedir el funcionamiento del régimen recién instaurado. Juan Linz se refería a la consolidación democrática remarcando la idea de que el régimen instaurado debía ser a los ojos de todos los actores relevantes «the only game in town». Esta exclusividad del régimen en la articulación del funcionamiento institucional es clave para la pervivencia de cualquier democracia. En el caso de la Transición española, el fracaso del golpe de Estado del 23F supuso que el ejército, último actor con capacidad de revertir el cambio de régimen, renunciaría a volver a interferir en la vida política.
Institucionalización
Por último, una vez instaurado un régimen político y despejadas las dudas sobre su futuro, comienza el día a día de su funcionamiento, la interiorización de las pautas de su propia lógica por parte de todos los actores políticos relevantes y de la ciudadanía en su conjunto. La institucionalización restituye un orden político y con él se genera todo un sistema de valores, narrativas y otros aspectos de la dimensión simbólico-cultural que comporta el funcionamiento adecuado de un régimen. Durante la institucionalización se sedimentan las pautas procedimentales y aumenta la certidumbre sobre el propio funcionamiento del régimen, despejándose de forma casi inmediata la manera en que se debe actuar ante cualquier imprevisto. En un régimen debidamente institucionalizado, se hace posible incluso la suspensión efímera del propio orden a fin de asegurarse su propio mantenimiento.
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